En este episodio, el Lcdo. Miguel A. Rodríguez Ramos discute la Opinión del Tribunal Supremo en Municipio de Río Grande v. Adquisición de Finac 27661 y otros., 2025 TSPR 36, donde el Tribunal resolvió que, ante la posible existencia de un interés federal sobre una propiedad objeto de expropiación forzosa, el Tribunal de Primera Instancia no puede emitir órdenes ni asumir jurisdicción sin antes requerir la comparecencia del gobierno federal. El Supremo enfatizó que las cuestiones jurisdiccionales deben resolverse con preminencia y revocó los dictámenes emitidos sin atender primero esa controversia de umbral.
Agradecimiento a:
Laurimar Meléndez por el arte de “El Supremazo”
Lcdo. Michael Hernández por el intro y outro
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