CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
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Aprende la Ley
Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.
43 seconds Posted Jan 20, 2020 at 10:52 am.
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Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:
a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del Art. 143.
b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.
c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del Art. 143.

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