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El Abogado Juan Pablo López nos explica el principio de objetividad que debe operar en toda investigación a raíz de la muerte del pequeño Tomás Bravo y el hecho que el Juzgado de Garantía de Arauco rechazara solicitud de prisión preventiva contra Jorge Escobar debido a que La jueza sostuvo que “si bien el imputado es la última persona con la que estuvo el menor en vida, no existen elementos incriminatorios o evidencias que hayan sido recogidas o encontradas en las vestimentas del imputado o al interior del registro de su vehículo o de su domicilio que lo puedan vincular con la comisión del delito de homicidio”. Plazo de investigación quedó fijado en seis meses.



