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El polémico fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el límite de 300 jornales como máximo para recibir la jubilación, tras una acción de inconstitucionalidad que promovieron unos 126 marinos mercantes, preocupa a las autoridades porque podría generar un desfalco al Instituto de Previsión Social y piden que la Corte revierta dicha sentencia. ¿Pero puede se puede anular un fallo de la máxima instancia judicial mediante la acción autónoma de nulidad?
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